IATA logo

Carga Aérea Equipajes - Particulares Paraguay

PARAGUAY

Carga Aerea Particulares - equipajes no acompañados a Paraguay

Expresadas en EUR por kilo según peso del envío.

Relación peso/volumen: 1m3 = 167 Kilos.

TARIFAS TRANSPORTE DE CARGA AEREA PARA PARTICULARES 

Origen: Oficina Madrid - Barcelona

ORIGEN

(MAD-BCN)

CITY IATA

CODE 

CIUDAD  

Minimo

Eur.

Q45 kg  +100

KG

+300

Kg

+500

Kg

+1000

Kg

Kg

Vol.

 
 

PARAGUAY

Origen:

Oficina

Madrid

Barcelona

ASU

ASUNCION

CONSULTAR COTIZADOR https://www.alaslatinas.co/cotizador  

TARIFA 1

**(ASU) MAX. HEIGHT IS 160 CM -  ALTURA MAX. 160 CM

 

 

AGT

CIUDAD ESTE 

 600€ CONSULTAR COTIZADOR https://www.alaslatinas.co/cotizador  
 TARIFA 1

**(AGT) MAX. HEIGHT IS 250 CM -  ALTURA MAX. 250 CM                             

CONSULTAR - SERVICIO CAO [Avion carguero unicamente]  

solicitar confirmacion prespuesto a: comercial@alaslatinas,es

**envío sujeto a disponibilidad de espacios aerolineas en fechas solicitadas

Otros Cargos: Emisión MAWB y Despacho aduana: 60€

Traslado Aeropuerto salida - Handling: 30€

http://www.alaslatinas.co/cotizador

[Consulte en cotizador automatico, posibles tarifas promocionales para este destino]

Origen: Recogida domicilio [0.50€/Kg]

http://www.alaslatinas.co/cotizador

[Consulte en cotizador automatico, posibles tarifas promocionales para este destino]

EQUIPAJES NO ACOMPAÑADOS A PARAGUAY

Nota informativa a clientes previo envío de equipajes no acompañados a Paraguay

Estimado Cliente;

Previo a programar un envío de equipaje a Paraguay,  y con el fin de evitarse complicaciones con la aduana de su país, verifique que cumple estas condiciones exigidas por las aduanas de Paraguay para poder aplicar a la exoneración de tributos de para su equipaje.

INGRESO DE BIENES EXTRANJEROS - EQUIPAJES

El régimen de equipaje es aplicable a los objetos nuevos o usados destinados al uso o consumo personal del viajero, que entre o salga del territorio aduanero, de acuerdo con las circunstancias de su viaje o para ser obsequiados, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad, no permita presumir que se importan o exportan con fines comerciales, conforme a lo establecido en los acuerdos y convenios internacionales vigentes.

Formalidades Aduaneras para el ingreso del equipaje.

*Estan exonerados / Exempted Goods:

[Ropas y otros objetos de uso personal / Clothes and other personal articles for domestic use] [Libros, periodicos y folletos sin finalidad comercial / Books, periodicals and brushes without commercial purpose]

[Articulos nuevos hasta un limite de 300 US$ / New articles up to 300 US$]

[informativo: Beneficio adicional de 500 US$ para bienes adquitidos en tiendas libres (FREE-SHOP) de llegada / 500 US$ additional benefit on goods purchased on arrival at FREE-SHOP]

(Bienes de uso personal del viajero: cigarrillos, licores, medios auxiliares, mascotas, obsequios)

1. El equipaje acompañado del viajero estará exento del pago

de los tributos aduaneros, entre otros, relativos a:

a) Ropas y objetos de uso personal.

b) Libros, folletos y periódicos.

c) Joyas personales.

d) Cámaras fotográficas y cinematográficas acompañadas de una cantidad razonable de películas y accesorios de la misma.

e) Aparatos de proyección de diapositivas o de películas portátiles y sus accesorios y una cantidad razonable de diapositivas o de películas.

f) Anteojos largavistas.

g) Instrumentos de música portátiles.

h) Aparatos de reproducción de sonido portátiles, incluyendo grabadores, lectores de discos compactos portátiles y dictáfonos

con cintas y discos.

i) Aparatos receptores de radio portátiles.

j) Teléfonos celulares o móviles.

k) Aparatos de televisión portátiles.

l) Máquinas de escribir portátiles.

m) Computadoras personales y accesorios.

n) Máquinas de calcular portátiles.

o) Carritos para transportar bebés.

p) Sillas de rueda para inválidos.

q) Equipos deportivos de uso personal.

2. Además de los bienes mencionados en el párrafo anterior, el viajero que ingrese al territorio aduanero, por vía aérea y fluvial, tendrá una exención para otros bienes hasta el límite de Trescientos Dólares Americanos (US$. 300.-) o su equivalente en moneda nacional.

3. Las autoridades aduaneras controlarán que la franquicia no sea utilizada más de una vez por mes.

Declaración jurada del equipaje.

1. Los viajeros que arriben al territorio aduanero deberán efectuar la declaración del contenido de su equipaje.

2. La Dirección Nacional de Aduanas podrá exigir que la declaración se efectue por escrito.

3. Tratándose de equipaje no acompañado, la declaración deberá formularse siempre por escrito.

4. Los viajeros no podrán declarar como propios equipajes de terceros o encargarse por cuenta de personas que no viajen abordo, de conducir e introducir efectos que no le pertenezcan.

Valoración aduanera del equipaje.

1. A los fines de la determinación del valor de los bienes que componen el equipaje se tomara en cuenta el valor de su adquisición acreditado mediante factura.

2. En defecto de lo dispuesto en el apartado anterior, por inexistencia de factura o por presumirse la inexactitud de la misma, se tomara en cuenta el valor establecido con carácter general mediante cartillas de valores tipos, fijados por la Dirección Nacional de Aduanas.

 PAG.1

PAG.2

 

 

 

 

 

 

 

enviar efectos personales a paraguay, equipajes no acompañados paraguay, exceso de equipaje iberia Paraguay, exceso de equipaje air europa Paraguay, exceso de equipaje avianca Paraguay, enviar maletas a paraguay, envios aereos a paraguay. Alaslatinas Paraguay envios de equipajes no acompañados a paraguay, transporte excesos de equipaje Paraguay, efectos personales a paraguay, material deportivo.

Otros servicios

Alasbox