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Carga Aérea Equipajes - Particulares Guatemala

Carga Aérea Equipajes - Particulares 

GUATEMALA

Carga Aerea Particulares a Guatemala

Expresadas en EUR por kilo según peso del envío.

Relación peso/volumen: 1m3 = 167 Kilos.

Tarifas incluyen tasas: FUEL(Recargo Combustible);SCC(security);PNS(plan Nacional Seguridad)

TARIFAS CARGA AEREA PARTICULARES

 

Origen: Oficina Madrid

Particulares 

ORIGEN

(MAD)

CITY IATA

CODE 

CIUDAD+100

KG

+300

Kg

+500

Kg

+1000

Kg

Kg

Vol.

 
 

GUATEMALA

 

Origen:

Oficina

Madrid

GUA

GUATEMALA

CONSULTAR COTIZADOR https://www.alaslatinas.co/cotizador 

TARIFA 1

**(GUA) MAX HEIGHT IS 160 CM / ALTURA MAXIMO 160 CM

Emisión MAWB y Despacho aduana: 60€

Traslado Aeropuerto - Handling: 30€

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[Consulte en cotizador automatico, posibles tarifas promocionales para este destino]

 

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ASUNTO: Nota informativa a clientes previo envío de equipajes no acompañados a Guatemala;

Estimado Cliente;

Previo a programar un equipaje no acompañado a GUATEMALA, y con el fin de evitarse complicaciones con la aduana de su país, verifique que cumple estas condiciones exigidas por las aduanas de GUATEMALA para poder aplicar a la exoneración de tributos de un menaje de casa.

 

CONTENIDO: El equipaje que se puede importar libre de impuestos al comercio exterior, las mercancías de uso personal o para el ejercicio de su profesión u oficio en el transcurso de su viaje (Atención: Aduana no considera equipaje el menaje de casa) y consistan en:

**Artículos de uso personal y otros artículos en cantidad proporcional a las condiciones del viajero, tales como joyas, bolsos de mano, artículos de higiene personal o tocador

**Medicamentos, alimentos, instrumentos, aparatos médicos, artículos desechables utilizados con estos, en cantidades acordes con las circunstancias y necesidades del viajero. Los instrumentos deben ser portátiles. Silla de rueda si es minusválido. El coche y los juguetes de los niños que viajan

**Artículos para el recreo o para el deporte, tales como equipo de tensión muscular, máquinas para caminar y bicicleta, ambas estacionarias y portátiles, tablas de surf, bates, bolsas, ropas, calzado y guantes de deporte, artículos protectores para béisbol, futbol, baloncesto, tenis u otros

**Un aparato de grabación de imagen, un aparato fotográfico, una cámara cinematográfica, un aparato de grabación y reproducción de sonido y sus accesorios, hasta seis rollos de película o cinta magnética cada uno, un receptor de radiodifusión, 1 receptor de televisión, un gemelo prismático o anteojo de larga vista, y un teléfono móvil, todos portátiles.

**Una computadora personal, una calculadora, una agenda electrónica. Todos portátiles

**Herramientas, útiles, e instrumentos manuales del oficio o profesión del viajero, siempre que no constituyan equipos completos para talleres, oficinas, laboratorios y otros similares.

Instrumentos musicales portátiles y sus accesorios

Libros, manuscritos, discos, cintas y soportes para grabar sonidos o grabaciones análogas. Grabados, fotografías y fotograbados no comerciales

Quinientos gramos de tabaco elaborado en cualquier presentación, cinco litros de vino, aguardiente o licor, por cada viajero

Una tienda de campaña y demás equipo necesario para acampar, siempre que se demuestre que el viajero es turista

A parte de estas mercancías, la legislación semana que mercancías distintas al equipaje pueden ser introducidas por el viajero, con exención de pago de tributos, siempre y cuando su valor en aduanas no sea superior a  500$ (dólares americanos)

Mercancías distintas al equipaje:

Cuando el valor no sea superior a los 500$, está exento de pago de tributos, siempre y cuando cumplas las siguientes condiciones:

Que las mercancías que se importen, atendiendo a la cantidad y clase, no se destinen para fines comerciales

Que no se trate de mercancías de importación prohibida

Que ha permanecido un mínimo de setenta y dos horas fuera del territorio aduanero.

Cuando el valor supera los 500$, aduana procede a efectuar de oficio la declaración de mercancías, para el pago de los tributos que resulten

Plazo de ingreso:

Equipaje no acompañado puede ingresar los tres meses anteriores o tres meses posteriores con respecto a la fecha de arribo del viajero al territorio aduanero, siempre que se comprueban que las  mercancías provienen del país de residencia o de alguno de los países visitados por él, aun en el caso que el equipaje ingrese por una vía distinta a la de arribo del viajero.

El equipaje no acompañado que no sea retirado en el plazo de tres meses, contado a partir de la fecha de ingreso a territorio aduanero, causa abandono tácito

En caso que el equipaje sea reclamado posterior a la fecha en que cause abandono, y este aún se encuentre en la bodega de la aduana, debe solicitarse el rescate del mismo y pagarse los tributos que correspondan

Si el equipaje ya se encuentra incluido en el proceso de subasta aduanera y en poder de la unidad de remates, se procederá, en lo que corresponda, conforme el procedimiento para el rescate y subasta de mercancías.

Para evitar estos casos, le recomendamos siempre enviar el equipaje posterior a su viaje, ya que de ser enviado previo a su viaje y usted por algún motivo cancelase su viaje, su equipaje sin un titular que ampare la modalidad de equipaje, quedaría en abandono.

Reconocimiento físico de la mercancía en Guatemala

La autoridad aduanera realizará revisión del pasaporte e identificación del viajero y constatar procedencia, tiempo de permanencia fuera del territorio aduanero y fecha de la última ocasión en que disfruto del beneficio de exención, en su caso, asimismo , puede confrontar lo datos del pasaporte con la declaración y demás información migratoria

Cotejas las mercancías declaradas con las presentadas, determinar su naturaleza y cantidades. Si detecta mercancías no declaradas puede proceder  a su comiso y seguir el procedimiento legal correspondiente

Verificar que las mercancías de importación restringida cuenten con los permisos correspondientes

En cuanto a equipajes de funcionarios diplomáticos y el de su familia están exentos de revisión, sin embargo si la autoridad aduanera tiene motivos fundados para suponer que contiene objetos de importación prohibida o que estén sujetos a medidas de cuarentena, podrá revisar los bultos en presencia del funcionario consular o miembro de su familia..

 

 

Nota Alaslatinas: Regulaciones de aduana pueden ser modificadas por aduana pais destino en cualquier momento sin previo aviso. La informacion aqui suministrada es meramente informativa.

Note Alaslatinas: Customs regulations can change at any time with or without notice. This document is provided as a guide and for information only. While Alaslatinas has exercised reasonable care in publishing this document, Alaslatinas makes no representation, either expressed or implied, as to its accuracy or applicability.

 

 

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